Art.
187.- Corresponde a la Asamblea Nacional:
1. Legislar en las materias de la competencia
nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.
(…)
3.
Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública
Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los
elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán
valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca. (…)
Las
expropiaciones a caprichos que nos han causado desabastecimiento, esto lo
permite la actual Asamblea parcializada con el partido de gobierno.
12.
Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio
privado de la Nación, con las excepciones que establezca la ley. (…)
Los
paseos turísticos sin un fin específico, sin una invitación diplomática,
pudiendo enviar una representación, esto conlleva a un sobregasto multimillonario
innecesario ante la actual crisis que se atraviesa, repito, esto lo permite la
actual Asamblea parcializada con el partido de gobierno.
17.
Autorizar la salida del Presidente o Presidenta de la República del territorio
nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días
consecutivos. (…)
Un
siguiente paso sería lo que estipula este artículo:
Art. 71. Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a
referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República
en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el
voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del
diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y
electoral. (…)
Art.
72. Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Transcurrida
la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un
número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en
la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un
referendo para revocar su mandato.
Cuando
igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o
funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria, siempre que haya
concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al
veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará
revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta
conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley. (El subrayado es
hecho por el suscrito).
El 19
de Abril del año 2016 se cumplió esa mitad que dice nuestra Constitución, como dice el dicho “El tiempo de Dios, es perfecto” ¡qué
casualidad!
Una
burla y falta de respeto he visto de parte del Estado, en toda esta década y la
pasada, por tanta manipuladera de información, tanta regaladera para caer en su
juego sucio, aprovechándose de la necesidad que pasamos los ciudadanos, en
nuestra Constitución aparece la parte en lo referente a la seguridad social, de
las atribuciones que le competen al Estado para darnos a todos sin distinción,
a todos por igual, salud, educación gratuita y de calidad, (hago saber que de
la educación gratuita y de calidad, desde primaria, básica y hasta pregrado
universitario, siempre esto ha sido ley en nuestro país, porque es un derecho y
es vital para el desarrollo de nuestro país, no es invento de Hugo Chávez),
servicios públicos básicos, vivienda, seguro social, derecho al trabajo, la
pensión de vejez entre otros derechos.
Este
último que nombro, de la Pensión de Vejez (Art. 80 Ejusdem), como verán y
aclaro, este derecho que estipula la Constitución, ha sido la herramienta más
usada con fines políticos o de campaña política, burlándose repito, de la
necesidad que atraviesa un ciudadano venezolano de edad mayor, sabiendo que como
dije en un principio, somos jefes, no tenemos por qué depender de una campaña,
esperar muchos años para poder disfrutar de algo que como sale en la
Constitución, es un derecho, que ellos dispongan como si fuera de ellos, como
si fuera de sus bolsillos, y te den esa pensión como si fuera migajas, supongo
que ellos creen que no sabemos leer y escribir, y que esos fondos (Nuestros)
con que pagan este derecho constitucional, provienen de la exportación de
hidrocarburos y demás ingresos provenientes de nuestra soberanía, pues están
equivocados, desubicados.
Art.
80. El Estado garantizará a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus
derechos y garantías. El Estado, con la participación solidaria de las familias
y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les
garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que
eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas
mediante el sistema de Seguridad Social no podrán ser inferiores al salario
mínimo urbano. (…)
Esto
no te lo pueden quitar, menos rebajar de monto, si lo hacen esto queda NULO.
En
materia de vivienda:
Art.
82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda,
higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que
humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción
progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y
ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.
El Estado dará prioridad a las familias y
garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos,
puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción,
adquisición o ampliación de viviendas.
Esto
después de una década corrupta, de una década de exportar barriles de petróleo
a US$ 120, desde hace tres años para acá, ahora andan haciendo urbanismos a
medio hacer, improvisados, sin permiso municipal, sin numeración civil, sin
títulos de propiedad para los beneficiarios, hechos por contratistas y mano de
obra extranjera, para tapar el déficit que atravesamos.
En
materia de Salud:
Art.
83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo
garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y
desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar
colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la
protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su
promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de
saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios
internacionales suscritos y ratificados por la República.
Art.
84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la
rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter
intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de
seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad,
integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público
nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención
de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de
calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no
podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de
participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control
de la política específica en las instituciones públicas de salud.
El
Estado le ha dado más importancia en mantenerse en el poder para realizar sus
planes personales, y más con el control de divisas, pasamos mala vida en lo que
respecta la salud, el cuidado de un neonato es terrible, conseguir insumos para
sus cuidados, los que padecen cáncer, VIH, un yelco para colocar suero
intravenoso no se consigue, ni una aspirina para uno dolor de cabeza se
consigue actualmente en Venezuela.
Para
culminar lo peor de esta situación actual venezolana, ha sido el ente más
traidor y vergonzoso que tenemos, y el que yo siempre guarde mucha admiración,
las Fuerzas Armadas, ahora llamadas a capricho de Hugo Chávez, Fuerzas Armadas
Bolivarianas anti Imperialistas y chavistas para rematar.
Art.
328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente
profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar
la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio
geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del
orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo
con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está
al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad
política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y
la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la
Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral
dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un
régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva
ley orgánica.
El
carismático y populacho Hugo Chávez fue un resentido que creció en un entorno
humilde, pero igual vivo y oportunista, que busco superarse y entra en las
fuerzas armadas, que siendo teniente coronel, entre varios planificaron un
golpe de Estado, y éste aprovechó para salir protagonista en TV, como un
supuesto líder de un grupo subversivo, porque fue el único capturado del dicho
plan, que no alcanzó lo pautado.
Igual
que este populacho han sido muchos oficiales retirados como activos en la
actualidad, con decir que oficiales activos tienen cargos de Ministerios
importantes, violando la Constitución, vulnerando nuestros derechos, siendo
esto un acto antidemocrático porque hay mucho recurso humano profesional capaz
de servir como funcionario. De igual forma militantes civiles de este régimen
autoritario manejan varias carteras de cargos y lo vuelvo a repetir, esto lo
permite la actual Asamblea parcializada con el partido de gobierno.
Art.
148. Nadie podrá desempeñar a la vez más de un destino público remunerado, a
menos que se trate de cargos académicos, accidentales, asistenciales o docentes
que determine la ley. La aceptación de un segundo destino que no sea de los
exceptuados en este artículo, implica la renuncia del primero, salvo cuando se
trate de suplentes, mientras no reemplacen definitivamente al principal. (…)
En fin,
te pregunto:
¿Ha
sido violada nuestra Constitución, siendo ésta reestructurada por una idea de
Hugo Chávez?
¿Creada
para ser violada?
¿Con
esto estas claro quién es el jefe?
¿En
dónde RESIDE EL PODER?
Entonces
tienes el poder en tu deber, ¿y como se cumple ese deber? VOTANDO, todo lo malo
en tu casa lo arreglas o reparas tú, porque eres el dueño, en este caso somos
los dueños de esta extensión de tierra que Dios nos dio, ya no permitamos más
su deterioro, aprovechémosla y cuidémosla para que nos dure para nuestras
siguiente generaciones de ciudadanos venezolanos.